Certificado de tamaño empresarial

Descripción

Acreditamos el tamaño de tu empresa de acuerdo a la clasificación establecida en la normativa de la Unión Europea

En el marco de un mercado único sin fronteras interiores, las empresas deben ser tratadas con arreglo a una base de normas comunes. Mantener este enfoque es especialmente necesario si se tienen en cuenta las numerosas interacciones existentes entre medidas nacionales y comunitarias de apoyo a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME).

En esta línea, desde la Asesoría Jurídica, se emiten certificados de tamaño empresarial en los que, en función del número de personas que ocupa la empresa, el volumen de negocios o/y un balance general anual, se clasifican las empresas en microempresas, pequeñas y medianas empresas siguiendo la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, (Diario Oficial L 124 de 20.5.2003).

Este certificado es uno de los requisitos que te pueden solicitar para:

  • Acogerte a programas o políticas de la Unión Europea.
  • Mejorar tus líneas de financiación, ayudas y subvenciones.
  • Acceder a programas de nuevas tecnologías e innovación.

En qué consiste...

Pasos a seguir para solicitar el certificado:

La empresa interesada deberá remitir el siguiente modelo de solicitud del certificado que existe al efecto, en el que deberán completar todos los datos que en el mismo se requieren. Es importante indicar el idioma en el que se solicita el certificado. No deberá hacerse ninguna indicación si es en español.

Junto a la solicitud-tipo, que debe ser remitida en papel de empresa, fechada ,firmada y sellada, la empresa siempre debe aportar las escrituras de constitución y las posteriores que, en su caso, procedieran, las últimas cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil con la memoria, así como una declaración responsable firmada por un representante de la empresa en la que consten los datos relativos al número de trabajadores, facturación y resto de datos que procedan, junto con la escritura de poder vigente de la persona que realice la declaración responsable, La declaración deberá presentarse en papel de empresa independiente a la solicitud, fechada y firmada por el declarante. Se podrá solicitar la aportación de otra documentación que se entienda necesaria para la emisión del certificado, así como, en su caso, la presentación de la documentación original aportada, para su cotejo.

Se facilitan dos modelos de declaración responsable a seleccionar según las necesidades:

MODELO 1                        MODELO 2

Tanto la documentación aportada (cuentas anuales y memoria) como las escrituras que se aporten deben enviarse completas, incluida, en el caso de estas últimas, la hoja que contiene el cajetín del Registro Mercantil justificativo de su inscripción en el mismo.

 Toda la documentación debe ser remitida por correo electrónico

Las empresas que soliciten por primera vez el certificado, el mismo día de retirada del documento, deberán presentar en la Asesoría Jurídica los originales de las escrituras que se hayan aportado para la elaboración del certificado. En el momento se cotejarán con las copias enviadas por mail y quedarán compulsadas en nuestro departamento sin necesidad de tener que volver a aportar, en futuras solicitudes, la documentación ya presentada.

Los certificados emitidos que las empresas han de aportar al exterior, según las especificaciones del país, pueden ser conocidos y legitimados, en cuanto a sus firmas, por cualquier Notario de la Comunidad de Madrid, de cara a la legalización diplomática y a efectos del Convenio de la Haya de 1961, sobre la eliminación del requisito de la legalización de los documentos públicos extranjeros, llamado de la “apostilla”, y todo ello para la mejor atención y prestación del servicio a las empresas madrileñas, en especial de las pequeñas y medianas, y favorecer el trámite de legalización de tales documentos ante la autoridad española.

Plazos

El plazo máximo de tramitación, para lo certificados que se emitan en español, es de tres días a contar desde la recepción de la documentación requerida. Se comunicará por email la fecha de retirada del certificado.

 

Precio

Posibilidad de tramitación urgente o emisión del certificado en otros idiomas, consúltanos.

 

Certificado en Español

Certificado en Español con trámite de urgencia

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